Blog Carlos de Miguel

Entradas en la categoría ‘Social Media’

Barack Obama Año #1

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by Lawrence Lessig

Hace un año desde que Barack Obama fue elegido Presidente y en ese tiempo no hemos conseguido ver los cambios por los que la nación clamaba.

Independientemente de si apoyas o no a Obama y su programa electoral, la ausencia de cambios ha demostrado que el Sistema establecido en Washington no funciona. ¿Por qué? Ve el último video del fundador de Change Congress Lawrence Lessig para conocer por qué no funciona el actual sistema actual y cómo puede arreglarse.

Necesitaremos una amplia coalición para cambiar el sistema. Ve el video y compártelo…

Escrito por Carlos de Miguel

January 20th, 2010 at 9:09 pm

El futuro de la Red: Encontrabilidad

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Life is too short not to do something that matters

¡Chapeau!

Hugh Macleod, el conocido humorista gráfico que plasma su ingenio en el reverso de tarjetas de visita, acaba de anunciar que ha decidido dejar de publicar sus dibujos en su blog.

Sus razones son contundentes, y muy a tener en cuenta por todos los que utilizamos la Red de manera habitual:

“But like a lot of the folk who have been blogging for a long time, I’ve started to feel that over the last few years, that the blogosphere has just gotten too big, noisy and anonymous. I’ve started longing for the days when things were ’smaller’, ‘clubbier’, intimate and, well, human. When the people I met were truly like-minded. This was one of the reasons why I originally started the “CDF” newsletter last year. I wanted that feeling back”.

Para Hugh Macleod – igual que para otros muchos entre los que me incluyo – la Red cobra todo su sentido cuando nos facilita localizar personas y grupos que comparten nuestros intereses y aficiones. Es lo que se llama encontrabilidad (findability).

Como bien apunta Hugh MacLeod, parece que últimamente la tendencia dominante en la Red es la contraria. Cada vez hay más ruido, más masificación, menos relación personal, menos confianza, más ego y menos ganas de compartir. Cada vez más monólogos y menos diálogo.

El alegato de Hugh MacLeod se dirige a combatir la inercia hacia la impersonalización.

La Red cobra pleno sentido cuando se articula en forma de pequeños círculos de personas que comparten intereses y que se divierten, trabajan y colaboran de forma distribuida utilizando los medios digitales.

Esto no significa poner puertas o echar cerrojos; la Red, por su propia estructura, se caracteriza por favorecer la encontrabilidad generando la creación de grupos de forma dinámica y abierta.

Pasar tiempo en la Red es valioso en la media que nos facilita nuevas oportunidades.

Por eso considero que cualquier iniciativa que incida en la “encontrabilidad” tiene muchas probabilidades de triunfar porque será bien recibida por los usuarios de la Red.

El resto de iniciativas, todas aquellas dirigidas a convertir la Red en una inmensa masa de gente anónima, está avocado al fracaso.

Estamos en el tiempo de los Social Media. Los Mass Media desaparecieron con el cambio de siglo.

Nuevas funciones Google Analytics

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Google Analytics

Las siete funciones nuevas permitirán obtener más rápidamente información detallada, crear preferencias más específicas, obtener análisis más avanzados y supervisar más actividades de marketing procedentes de dispositivos móviles.

Analytics Intelligence y las alertas personalizadas

Analytics Intelligence emplea un motor inteligente basado en algoritmos para supervisar patrones de datos de distintos periodos, ya sean diarios, semanales o mensuales. La herramienta muestra directamente en la cuenta cambios significativos en las tendencias de datos e información detallada que quizás a usted se le hayan pasado por alto.

Informes mejorados sobre dispositivos móviles

Google Analytics ofrece ahora mayor compatibilidad con los sitios web para móviles y con las funciones de seguimiento de aplicaciones móviles en dispositivos iPhone y Android. Con tan sólo añadir código de servidor a un sitio web para móviles diseñado con lenguaje PHP, JSP, PERL o ASPX, podrá realizar el seguimiento de teléfonos que no estén habilitados para JavaScript.

Valor “Usuarios únicos”

Incluya el valor “Usuarios únicos” en sus informes personalizados o en los segmentos avanzados para saber cuántos usuarios reales (o cookies únicas) visitan el sitio web.

Funciones avanzadas de análisis

Analice más detalladamente sus datos mediante la función de rotación, los parámetros secundarios y el filtrado avanzado de tablas. Estas funciones combinadas permiten realizar análisis en profundidad y al instante desde la propia cuenta.

Plantillas de segmentos avanzados y de informes personalizados para compartir

Comparta con otros usuarios que dispongan de una cuenta de Analytics el enlace a la URL de un segmento avanzado o de un informe personalizado.

Variables personalizadas

Las variables personalizadas son un recurso potente y flexible que permiten personalizar Google Analytics para que recopile la información sobre el uso que se hace de su sitio web en función de los parámetros que más le interese para su negocio.

El equipo de Google Analytics

Escrito por Carlos de Miguel

January 13th, 2010 at 5:58 pm

Los derechos digitales

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La sociedad de la información y el nuevo contexto digital han supuesto una revolución en la forma de crear conocimiento y cultura, y, sobre todo, en la forma de acceder a ellos. Ciudadanos, artistas y consumidores han dejado de ser sujetos pasivos y aislados frente a la industria de producción y distribución de contenidos. Ahora cada persona colabora, participa y decide.

La tecnología, como puente, permite que las ideas y el conocimiento fluyan; acabando así con muchas de las barreras geográficas y tecnológicas que impedían compartir; proporcionando, además, nuevas herramientas educativas y propiciando la aparición de nuevas fórmulas de organización sociales, económicas y políticas. Esta revolución es comparable a la que provocó la imprenta.

A pesar de esto, la industria del entretenimiento, la mayoría de los proveedores de servicios de comunicaciones y los centros de poder siguen basando sus beneficios y su autoridad en el control de los contenidos, de las herramientas y de los canales de distribución, manteniendo una economía de la escasez. Y todo esto violando los derechos de los ciudadanos a la educación, al acceso a la información, a la cultura, a la ciencia y la tecnología, la libertad de expresión, la inviolabilidad de las comunicaciones y de la privacidad. La protección de intereses privados no debería permitirse cuando produce un atraso en el desarrollo de la sociedad en general, sin tener en cuenta el interés público.

No todas las instituciones, estructuras y convenciones del sistema actual sobrevivirán si no son capaces de adaptarse a los nuevos tiempos. Las que sobrevivan se verán alteradas y redefinidas por la nueva realidad, y es posible que para ello necesiten esquemas de funcionamiento totalmente distintos.

[leer texto completo]

Red SOStenible

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Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:

  1. Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.
  2. Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.
  3. Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.
  4. Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía.
    Además la normativa introducirá el concepto de “lucro indirecto”, es decir: a mí me pueden cerrar el blog porque “promociono” a uno que “promociona” a otro que vincula a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos
  5. Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.
  6. De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.
  7. Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.

La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.

La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fue aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o “ley de la patada en la puerta”). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internetrespaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.

Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la “Red SOStenible” una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.

En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.

En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:

  1. Los artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta);
  2. La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo D, “Acceso a las infraestructuras tecnológicas”, de la Carta);
  3. El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo A, “Derechos en un contexto digital”, de la Carta);
  4. La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo C, “Conocimiento común y dominio público”, de la Carta);
  5. Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B, “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta).

Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.

Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).

La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y delegaciones diplomáticas.

Firmado
Red SOStenible

La Red SOStenible somos todos. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.

Escrito por Carlos de Miguel

January 12th, 2010 at 8:43 am

Comisión Propiedad Intelectual

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Interesantes, pertinentes y necesarias todas y cada una de las reflexiones e interrogantes jurídicas planteadas por José Ramón Chaves a propósito del procedimiento en el que se concretarán las medidas de salvaguarda de los derechos de autor incluidas por el Gobierno en el anteproyecto de la Ley Economía Sostenible.

Desde un plano jurídico parece prima facie que la encomienda de la salvaguarda de derechos e intereses privados – por muy legítimos que sean – a un órgano administrativo tiene difícil acomodo legal y constitucional.

Baste recordar que los privilegios y potestades que el Ordenamiento Jurídico reconoce a los sujetos jurídico-públicos tienen su fundamento y justificación en el hecho de que las Administraciones Públicas actúan, no sólo sujetas al principio de legalidad, sino en defensa de los intereses GENERALES. En nuestro ordenamiento jurídico, la defensa de los intereses privados queda atribuida a su titular mediante las vías procesales oportunas en cada caso.

No es un mera opinión personal sino que lo establece así el artículo 103 de nuestra Constitución:

La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

Esta, y no otra, es la razón que justifica la especial configuración – carácter revisor de la actividad administrativa – de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Por tanto, si no hay un interés general presente, no hay justificación posible para que actúen los sujetos jurídico-públicos porque desaparece la razón de ser del reconocimiento de los privilegios – en más – administrativos que configuran las denominadas potestades administrativas (declaración y ejecución del Derecho), imponiendo la carga al ciudadano de acudir a la Jurisdicción Contencioso-Administrativo para que el juez revise si la actuación administrativa – juez y parte – se ajustó o no a la legalidad..

Establecido esto, no parece difícil concluir que la encomienda de la salvaguarda de intereses particulares a un órgano administrativo supone una conculcación de los derechos de la parte afectada por la intervención administrativa y la vulneración de varios artículos de la Constitución incluido el artículo 24 puediendo llegar a apreciarse en última instancia indefensión por vulneración del principio de igualdad de armas y medios de defensa de la partes cuyos intereses se dirimen en el conflicto jurídico planteado.

En fin, parece que avanzamos hacía el abismo…

Escrito por Carlos de Miguel

January 9th, 2010 at 12:35 pm

Nexus One

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Escrito por Carlos de Miguel

January 8th, 2010 at 11:11 pm

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